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Firmas necesarias

Qué jurisdicciones tienen iniciativa popular y cuántas firmas piden

La Constitución Nacional (art. 39) reconoce el derecho de iniciativa popular, y cada provincia y municipio lo regula a su manera. Esto es lo que encontramos en un relevamiento de las normas hecho en octubre de 2026, con el padrón de las elecciones del 26 de octubre de 2025.

Con número de firmas

JurisdicciónFirmasDe dónde saleNorma
Argentina539.815 firmas en 6 distritos1,5% de 35.987.634 electoresLey 24.747, art. 4
Catamarca3.473 firmas1% de 347.282 electoresLey N° 5346
Chaco15.205 firmas1,5% de 1.013.621 electoresLey provincial N° 884
Chubut14.552 firmas3% de 485.052 electoresLey 4562
Ciudad Autónoma de Buenos Aires37.804 firmas1,5% de 2.520.249 electoresLey N° 40
Córdoba24.966 firmas0,8% de 3.120.707 electoresLey N° 7811
Corrientes28.552 firmas3% de 951.732 electoresart. 37 de la Constitución de la Provincia de Corrientes
Entre Ríos23.114 firmas2% de 1.155.693 electoresart. 49 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos
Jujuy18.072 firmas3% de 602.380 electoresLey N° 4926
La Rioja15.508 firmas5% de 310.155 electoresart. 106 de la Constitución de La Rioja
Neuquén17.444 firmas3% de 581.437 electoresart. 309 de la Constitución de la Provincia del Neuquén
Río Negro18.346 firmas3% de 611.533 electoresLey 3654
Salta22.342 firmas2% de 1.117.076 electoresLey N° 7587
San Luis34.379 firmas8% de 429.732 electoresart. 97 de la Constitución de la Provincia de San Luis
Santa Cruz27.203 firmas10% de 272.027 electoresart. 109 de la Constitución de la Provincia de Santa Cruz
Santiago del Estero41.319 firmas5% de 826.361 electoresart. 40 de la Constitución de Santiago del Estero
Tierra del FuegoFalta un dato10% de los votos emitidos en la última elección, no del padrón. Todavía no tenemos esa cantidad de votos.art. 207 de la Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Córdoba (Córdoba)11.363 firmas1% de 1.136.263 electoresOrdenanza N° 9478
Corrientes (Corrientes)50 firmasun número fijo que pide la normaarts. 136 y 137 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Corrientes
Formosa (Formosa)Alcanza con un electorla norma no pide un número de firmasLey provincial N° 1028
La Rioja (La Rioja)8.394 firmas5% de 167.867 electoresLey provincial N° 6843
Neuquén (Neuquén)5.695 firmas1,5% de 379.633 electores *Ordenanza N° 10197 del Concejo Deliberante de la Ciudad de Neuquén
Paraná (Entre Ríos)9.630 firmas3% de 320.991 electores *Ley provincial N° 10.027, art. 163 (y Ordenanza N° 8240, que pide el 2%)
Posadas (Misiones)29.691 firmas10% de 296.910 electoresarts. 36 y 37 de la Carta Orgánica de la Ciudad de Posadas
Rawson (Chubut)3.656 firmas3% de 121.843 electores *art. 187 de la Carta Orgánica Municipal de Rawson
Resistencia (Chaco)1.107 firmas0,3% de 368.680 electores *art. 233 de la Carta Orgánica del Municipio de Resistencia
Rosario (Santa Fe)12.226 firmas1,5% de 815.011 electores *Ordenanza N° 9.305
Salta (Salta)9.214 firmas2% de 460.651 electoresOrdenanza N° 13972
San Fernando del Valle de Catamarca (Catamarca)4.366 firmas3% de 145.527 electoresart. 177 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca
San Juan (San Juan)937 firmas1% de 93.654 electoresarts. 99 y 100 de la CARTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN JUAN
San Luis (San Luis)4.031 firmas2% de 201.521 electoresarts. 133 a 135 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de la Ciudad de San Luis
San Miguel de Tucumán (Tucumán)Falta un dato20% de los votos emitidos en la última elección, no del padrón. Todavía no tenemos esa cantidad de votos.Ley provincial N° 5529
San Salvador de Jujuy (Jujuy)4.652 firmas2% de 232.575 electoresarts. 81 y 82 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy
Santiago del Estero (Santiago del Estero)2.614 firmas1% de 261.374 electoresart. 48, inc. J.1 de la Carta Orgánica Municipal de Santiago del Estero
Ushuaia (Tierra del Fuego)Alcanza con un electorla norma no pide un número de firmasarts. 246 y 247 de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia
Viedma (Río Negro)591 firmas1% de 59.089 electoresOrdenanza N° 6970 del Concejo Deliberante de Viedma

Reconocen el derecho, sin número de firmas

Su constitución o su carta orgánica reconocen la iniciativa popular, pero nunca se sancionó la norma que fija cuántas firmas hacen falta. Una iniciativa se puede debatir y votar; lo que falta es la meta.

No tienen iniciativa popular

Ninguna norma les da a sus electores el derecho de presentar proyectos. Quien vive ahí puede proponer en otro nivel: su municipio, su provincia o la Nación.

Hay 2.173 jurisdicciones más, sobre todo municipios y comunas, cuya norma todavía no relevamos. Si encontrás un dato desactualizado, o conocés la norma de tu localidad, escribinos a contacto@elpueblopropone.org.

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